Si tiene una solicitud de asilo pendiente, hay una nueva tarifa que necesita conocer. Desde 2025, tanto USCIS como los tribunales de inmigración están cobrando una tarifa anual de asilo de $102 por cada año que su caso de asilo permanece pendiente. Esta tarifa no es opcional — no pagarla puede resultar en la denegación o el cierre de su caso de asilo.

Este artículo desglosa todo lo que necesita saber: quién tiene que pagar, cuándo vence, cómo pagar, si hay exenciones disponibles y qué sucede si no puede pagarlo.

⚠️ Aviso Importante

Este artículo es solo para fines educativos y no constituye asesoría legal. Los requisitos de tarifas y plazos pueden cambiar. Si tiene preguntas sobre su caso específico, contacte a un abogado de inmigración inmediatamente.

¿Qué es la tarifa anual de asilo de $102?

La tarifa anual de asilo fue creada por legislación federal (H.R. 1) y requiere que cada persona con una solicitud de asilo pendiente pague $102 por año por cada año calendario que la solicitud permanezca pendiente. Esto aplica a casos tanto en el tribunal de inmigración (EOIR) como en USCIS (la oficina de asilo).

La tarifa fue establecida originalmente en $100 pero fue ajustada a $102 para el año fiscal 2026 debido a un ajuste por inflación. Esto es independiente de cualquier tarifa inicial de presentación — es un cargo anual recurrente que aplica mientras su caso esté abierto.

📋 Datos Clave

Monto: $102 por año (ajustado anualmente por inflación)
Quién paga: Cualquier persona con una solicitud de asilo pendiente por más de un año
Dónde: Tanto en la oficina de asilo de USCIS como en el tribunal de inmigración
Consecuencia del impago: Su caso de asilo puede ser denegado o cerrado

¿Quién debe pagar la tarifa anual de asilo?

La tarifa se aplica ampliamente, pero aquí hay un desglose de quién está y no está afectado:

Probablemente necesita pagar si:

  • Su solicitud de asilo (Formulario I-589) ha estado pendiente por más de un año
  • Tiene un caso en el tribunal de inmigración y el juez le ordena pagar
  • Tiene un caso en la oficina de asilo de USCIS y USCIS le envía un aviso de tarifa
  • Su caso está en apelación en la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)

Puede que no necesite pagar si:

  • Su solicitud de asilo ha estado pendiente por menos de un año
  • Presentó su solicitud antes de que la tarifa entrara en vigor y aún no ha recibido un aviso — pero esto no significa que esté exento permanentemente
  • Califica para una exención de tarifa (más información abajo)

El punto crítico es este: no asuma que está exento. Si tiene un caso de asilo pendiente, espere recibir un aviso de tarifa en algún momento. Revise su correo postal, correo electrónico y cualquier sistema electrónico del tribunal regularmente.

¿Cómo funciona la tarifa en el tribunal de inmigración?

Si su caso de asilo está en el tribunal de inmigración, esto es lo que puede esperar:

  1. El juez emite una orden — el juez de inmigración emitirá un aviso escrito o le ordenará verbalmente pagar la tarifa durante una audiencia
  2. Usted recibe un plazo — el juez establece el plazo, que puede ser tan corto como un día o tan largo como varias semanas
  3. Usted paga en línea — el pago se realiza a través del sistema de pago en línea del tribunal de inmigración
  4. Usted presenta prueba de pago — proporcione una copia de su recibo al tribunal de inmigración y al abogado del gobierno

🚨 Advertencia Crítica

Los jueces de inmigración pueden establecer plazos muy cortos — a veces tan solo un día para pagar la tarifa. Si no paga dentro del plazo, el juez probablemente denegará o cerrará su caso de asilo. No ignore los avisos de tarifas. No espere hasta el último momento.

¿Cómo funciona la tarifa en USCIS?

Si su caso de asilo está en la oficina de asilo de USCIS (no en el tribunal de inmigración), el proceso es ligeramente diferente:

  • USCIS le enviará un aviso de que la tarifa anual de asilo debe pagarse
  • Tendrá 30 días para pagar desde la fecha del aviso
  • El pago se realiza a través del sistema de pago en línea de USCIS o por correo
  • Si no paga, USCIS puede denegar su solicitud de asilo

Una nota importante: incluso si aún no ha recibido un aviso de USCIS, puede optar por pagar la tarifa de manera proactiva si su solicitud ha estado pendiente por más de un año. Esto asegura que esté en cumplimiento y evita la presión de los plazos.

Cómo pagar la tarifa anual de asilo de $102

El proceso de pago depende de dónde está su caso:

Casos en tribunal de inmigración

  1. Vaya al sitio web de pagos del tribunal: epay.eoir.justice.gov
  2. Ingrese su A-Number (Número de Registro de Extranjero)
  3. Seleccione "Court - Form I-589, Application for Asylum and for Withholding of Removal - Annual Asylum Fee"
  4. Pague la tarifa de $102
  5. Guarde su recibo e ID de seguimiento de pago
  6. Presente una copia del recibo al tribunal y lleve una copia a su próxima audiencia

Casos en la oficina de asilo de USCIS

  1. Siga las instrucciones en el aviso de tarifa que USCIS le envíe
  2. Pague en línea a través del portal de pagos de USCIS o por correo
  3. Guarde su recibo para sus registros

💡 Consejo: Guarde Su Recibo

Siempre guarde una copia de su recibo de pago e ID de seguimiento. Puede acceder a su recibo por 20 días después del pago regresando al sitio web de pagos e ingresando su A-Number. Después de 20 días, puede necesitar contactar directamente a su tribunal.

¿Hay exenciones de tarifa disponibles?

Sí, pero el proceso es limitado. Si no puede pagar la tarifa de $102, estas son sus opciones:

En el tribunal de inmigración

Puede solicitar una exención de tarifa al juez de inmigración. El juez tiene discreción para eximir la tarifa si puede demostrar dificultad financiera. Esté preparado para proporcionar evidencia de su situación financiera:

  • Prueba de ingresos (recibos de pago, declaraciones de impuestos)
  • Prueba de beneficios públicos (Medicaid, SNAP, etc.)
  • Una declaración explicando su dificultad financiera
  • Evidencia de gastos (alquiler, facturas médicas, dependientes)

No hay garantía de que se conceda la exención. El estándar varía según el juez y la jurisdicción.

En USCIS

USCIS tiene un proceso de exención para la tarifa anual de asilo. Puede solicitar una exención presentando el Formulario I-912 (Solicitud de Exención de Tarifa) o una solicitud escrita demostrando que no puede pagar. USCIS considera factores como sus ingresos, activos, tamaño del hogar y si recibe beneficios públicos.

¿Qué pasa si no paga?

Las consecuencias de no pagar la tarifa anual de asilo son severas:

  • En el tribunal de inmigración: el juez probablemente denegará o cerrará su solicitud de asilo. Esto significa que pierde su reclamo de protección y puede recibir una orden de deportación.
  • En USCIS: su solicitud de asilo puede ser denegada, lo que puede resultar en referencia al tribunal de inmigración para procedimientos de deportación.
  • En apelación: si su caso está en la BIA, el impago puede resultar en el cierre de su apelación.

Esta no es una tarifa que pueda ignorar. No importa cuán fuerte sea su reclamo de asilo o cuánto tiempo haya esperado por una decisión. Si no paga, puede perder su caso independientemente de sus méritos.

⚠️ No Ignore los Avisos de Tarifas

Muchos solicitantes de asilo tienen casos pendientes por años debido a la acumulación de casos en los tribunales. La tarifa anual aplica por cada año que el caso está pendiente. Si su caso ha estado pendiente por tres años, puede deber $102 por cada uno de esos años. Consulte con un abogado para determinar exactamente cuánto debe.

Preguntas frecuentes sobre la tarifa anual de asilo

¿La tarifa aplica a los hijos en la solicitud de un padre?

Si sus hijos están incluidos como derivados en su solicitud de asilo (Formulario I-589), generalmente están cubiertos por una sola tarifa — no necesita pagar $102 por separado por cada hijo. Sin embargo, si un hijo tiene su propia solicitud de asilo separada, se aplica una tarifa separada.

¿Qué si ya recibí asilo pero está bajo revisión?

Si su caso de asilo fue aprobado y ya no está pendiente, la tarifa anual no aplica. La tarifa solo aplica a solicitudes pendientes. Sin embargo, si su caso está en otro tipo de revisión o fue reabierto, consulte a un abogado sobre si la tarifa aplica.

¿Puede aumentar la tarifa?

Sí. La tarifa se ajusta anualmente por inflación. Comenzó en $100 y actualmente es $102 para el año fiscal 2026. Espere un ligero aumento cada año.

¿Qué si solicité asilo hace años y nunca escuché sobre esta tarifa?

La tarifa es relativamente nueva. Muchas personas con casos de asilo pendientes desde hace mucho tiempo apenas se están enterando. Si su caso ha estado pendiente y aún no ha pagado, debe pagar de manera proactiva o consultar a un abogado. No espere un aviso — para cuando lo reciba, el plazo puede ser extremadamente corto.

Qué debe hacer ahora mismo

Si tiene un caso de asilo pendiente, tome estos pasos inmediatamente:

  1. Revise su correo postal y electrónico — busque avisos de tarifas de USCIS o del tribunal
  2. Inicie sesión en sistemas electrónicos del tribunal — algunos tribunales envían avisos electrónicamente
  3. Determine cuánto tiempo ha estado pendiente su caso — si ha sido más de un año, la tarifa probablemente aplica
  4. Pague la tarifa si puede — no espere un aviso si su caso claramente tiene más de un año
  5. Contacte a un abogado de inmigración — si no puede pagar, necesita una exención o tiene preguntas
  6. Ponga un recordatorio en su calendario — esta es una tarifa anual, así que marque la fecha cada año

En Modern Law Group, ayudamos a solicitantes de asilo en cada parte del proceso — desde solicitudes iniciales hasta audiencias, apelaciones y ahora, el cumplimiento con nuevos requisitos de tarifas. Si tiene preguntas sobre la tarifa anual de asilo o necesita ayuda con su caso, nuestros abogados están listos para asistirle.

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