Lo esencial: DHS no puede desestimar una solicitud de asilo simplemente señalando otra ciudad en un mapa. La reubicación interna exige determinar si usted podría evitar allí la persecución que teme y si sería razonable trasladarse a ese lugar dadas sus circunstancias reales. Quién debe demostrar qué depende de la persecución pasada y de si el perseguidor es el gobierno o cuenta con su patrocinio. Conserve las pruebas sobre todos los lugares donde vivió antes de salir de su país; esos hechos pueden decidir el caso.

En una audiencia de asilo, el abogado del gobierno puede aceptar que ocurrió algo grave en su ciudad de origen y aun así preguntar: «¿Por qué no podía vivir en otro lugar?». Un relato sólido del daño original no responde automáticamente a esa pregunta. Su declaración, las pruebas sobre las condiciones del país, los testigos y los argumentos jurídicos deben abordar el lugar alternativo propuesto antes de que el juez decida su caso.

Esta es una guía práctica para quienes preparan un caso de asilo ante un tribunal de inmigración, no una instrucción para regresar a su país y comprobar si una mudanza es segura. Explica las dos partes del análisis de reubicación, la carga de la prueba y cómo preparar una respuesta específica para el lugar propuesto sin exagerar lo que garantiza la ley.

DHS dice que puede vivir con seguridad en otra parte de su país: cómo proteger su caso de asilo

Dos preguntas: ¿sería seguro el traslado y sería razonable?

Conforme a 8 C.F.R. § 1208.13(b)(1)(i)(B) y (b)(2)(ii), la reubicación interna puede impedir que prospere una solicitud basada en persecución futura cuando el solicitante podría evitar la persecución en otra parte de su país y sería razonable esperar que se trasladara allí. La disposición correspondiente de USCIS es 8 C.F.R. § 208.13. Los casos ante tribunales de inmigración utilizan el marco de la Parte 1208 junto con las decisiones judiciales vinculantes.

En Matter of M-Z-M-R-, 26 I&N Dec. 28 (BIA 2012), la Junta de Apelaciones de Inmigración explicó que la seguridad y el carácter razonable del traslado requieren un análisis por separado. Debe existir una zona donde las condiciones sean sustancialmente mejores que las circunstancias que generan el temor fundado. Un lugar más seguro no es automáticamente un lugar donde resulte razonable que viva este solicitante en particular.

  • Seguridad: ¿Puede el perseguidor encontrarlo o llegar hasta usted allí? ¿La misma característica protegida lo expondría a persecución en ese lugar? ¿Las autoridades brindarían una protección efectiva allí?
  • Carácter razonable del traslado: ¿Qué exigiría realmente vivir allí? Las circunstancias pertinentes pueden incluir daños graves provenientes de otras fuentes, conflictos civiles, infraestructura, limitaciones geográficas, edad, salud, género y vínculos sociales o familiares.

El análisis no exige una vida perfecta ni las mismas oportunidades económicas disponibles en Estados Unidos. Tampoco bastan, por sí solas, las incomodidades habituales. La tarea consiste en explicar, con pruebas, por qué el traslado propuesto no resuelve el problema de persecución o por qué no es razonable según el criterio jurídico aplicable.

¿Quién tiene la carga de la prueba respecto de la reubicación?

El punto de partida no es simplemente si la persona que lo amenazó llevaba uniforme. Su abogado debe identificar qué se ha demostrado sobre la persecución pasada, la relación del perseguidor con el Estado y la disposición reglamentaria aplicable. El nexo con un motivo protegido —raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular— es una cuestión distinta de si el perseguidor es un actor gubernamental o privado.

Si demostró persecución pasada

Una determinación de persecución pasada que cumple los requisitos legales generalmente crea una presunción de temor fundado de persecución futura respecto de la solicitud original. Conforme a 8 C.F.R. § 1208.13(b)(1)(ii), DHS tiene la carga de refutar esa presunción mediante una preponderancia de la prueba, lo que puede incluir demostrar que existe una reubicación interna segura y razonable. Preponderancia significa que algo es más probable que no. No significa que su temor futuro deba, en sí mismo, superar ese umbral de probabilidad para cumplir los requisitos del asilo.

Los malos tratos anteriores no equivalen automáticamente a una determinación jurídica de persecución pasada. Deben demostrarse la gravedad del daño, el nexo con un motivo protegido y los demás elementos exigidos. Si el temor futuro no está relacionado con la persecución pasada, corresponde un análisis separado. Pida a su abogado que identifique la determinación concreta que se solicita al juez, en lugar de suponer que una declaración detallada basta por sí sola para trasladar la carga de la prueba.

Si no ha demostrado persecución pasada

Según el marco de reubicación anterior a 2020 que sigue siendo aplicable, un solicitante que no ha demostrado persecución pasada generalmente tiene la carga de demostrar que la reubicación no sería razonable, salvo que la persecución temida provenga del gobierno o cuente con su patrocinio. En los casos de persecución gubernamental o patrocinada por el gobierno, se presume que la reubicación no es razonable, a menos que DHS demuestre lo contrario mediante una preponderancia de la prueba. Son reglas que admiten prueba en contrario, no victorias automáticas para ninguna de las partes.

Una pandilla privada, un familiar, un empleador u otro actor no estatal no pasa automáticamente a contar con patrocinio gubernamental porque la policía no haya ayudado. La incapacidad o falta de voluntad del gobierno para protegerlo y el patrocinio gubernamental son cuestiones diferentes. Las pruebas de coordinación, recursos, órdenes o participación de funcionarios pueden ser importantes, pero la clasificación requiere un análisis jurídico y fáctico cuidadoso. No invente conexiones con funcionarios para obtener una distribución más favorable de la carga de la prueba.

No se base únicamente en la página actual del eCFR. La norma de asilo de diciembre de 2020 añadió una presunción sobre reubicación en casos de actores privados que sigue apareciendo en el texto codificado, aunque se prohibió judicialmente la aplicación de la norma en Pangea Legal Services v. DHS, 512 F. Supp. 3d 966 (N.D. Cal. 2021). La ratificación de DHS de noviembre de 2025 reconoció expresamente que las disposiciones afectadas no pueden aplicarse mientras siga vigente esa prohibición judicial. La información sobre el estado del litigio revisada para este artículo sigue indicando que la prohibición permanece vigente. Al preparar su audiencia, su abogado debe confirmar el texto aplicable y la jurisprudencia vinculante del circuito, en lugar de considerar exigible toda modificación que aparezca publicada.

Por qué importa su traslado anterior a otra ciudad

La reubicación no es solo un argumento hipotético. Si vivió en otra parte de su país antes de llegar a Estados Unidos, DHS puede señalar ese período como prueba de que podría regresar al mismo lugar. Importan la duración de la estancia, si vivió abiertamente, si continuaron las amenazas y qué cambió después. Un vacío sin explicar en la cronología puede convertirse en un tema central durante el contrainterrogatorio.

En Matter of H-I-A-H-, 29 I&N Dec. 823 (BIA 2026), la Junta exigió un análisis adicional en un caso en que el solicitante había vivido fuera de su ciudad de origen durante varios años sin sufrir más daños. La decisión explicó que esas pruebas eran directamente pertinentes al intento de DHS de refutar la presunción de persecución futura. La Junta devolvió el caso para un análisis adicional; no anunció que toda persona que alguna vez se haya trasladado dentro de su país deba perder el asilo.

No oculte un período durante el cual no sufrió daños. Explíquelo con veracidad. Permanecer en secreto por poco tiempo en la habitación de un familiar puede tener un significado distinto de llevar durante años una vida pública normal. Pero no basta con calificar la estancia de «ocultamiento»: describa dónde dormía, si trabajaba o estudiaba, quién conocía su dirección, qué precauciones tomaba y por qué finalmente se fue.

  • Enumere cada dirección o lugar, las fechas aproximadas y las personas que vivían con usted.
  • Registre las llamadas, visitas, mensajes, búsquedas o amenazas que se produjeron después del traslado.
  • Explique los períodos sin contacto del perseguidor, indicando tanto lo que sabe como lo que desconoce.
  • Identifique acontecimientos posteriores que modificaron el riesgo, como una nueva orden de detención, el descubrimiento de su paradero o la ampliación del control del perseguidor.

Su I-589, su declaración, las entrevistas anteriores, su historial de viajes y los testigos deben presentar un relato coherente y exacto. Si anteriormente se indicó una fecha o dirección incorrecta, aborde la discrepancia con honestidad con su abogado. Añadir detalles nuevos simplemente porque parecen favorables puede crear un problema de credibilidad más perjudicial que el propio argumento de reubicación.

Reúna pruebas sobre el lugar propuesto, no solo sobre el país

Un informe que describa violencia en todo el país puede aportar contexto y, aun así, dejar al juez con dudas sobre la ciudad concreta propuesta por DHS. Empiece por una lista escrita de las alternativas que plantea el gobierno, si las ha identificado. Después vincule cada afirmación pertinente con pruebas. Cuando DHS tenga la carga de la prueba, su abogado puede cuestionar una propuesta de reubicación vaga o sin fundamento y, al mismo tiempo, presentar pruebas propias para responder.

  1. El alcance del perseguidor. Conserve mensajes enviados después de un traslado, pruebas de búsquedas a través de familiares, redes documentadas en otras regiones o análisis periciales fiables. Explique cómo podría localizarlo el perseguidor, en lugar de suponer que tiene alcance nacional solo por el nombre del grupo.
  2. Su visibilidad personal. Considere los requisitos de identificación, el registro local, los expedientes escolares o laborales, la práctica religiosa, la actividad política y las relaciones familiares cuando estos hechos afecten realmente al riesgo. No sugiera que ocultar una identidad protegida deba ser la respuesta universal para un solicitante.
  3. La protección en la zona alternativa. Identifique qué pueden hacer y qué están dispuestas a hacer allí la policía u otras autoridades. Una ley nacional que prohíba la violencia no demuestra, por sí sola, que exista protección local efectiva; una sola noticia sin conexión con el caso tampoco demuestra, por sí sola, que la protección sea imposible.
  4. Las condiciones para este solicitante. Relacione los expedientes médicos, la discapacidad, la edad, las responsabilidades de cuidado, las barreras lingüísticas o la falta de apoyo con la realidad del lugar propuesto. Explique las consecuencias, no simplemente la existencia de la circunstancia.
  5. Fiabilidad y disponibilidad. Conserve los documentos originales y las fechas, identifique al autor de cada declaración y gestione traducciones completas. Si no se pueden obtener pruebas importantes de manera segura o razonable, documente el motivo y consulte con su abogado otras formas de corroboración.

Un informe pericial útil responde a la cuestión concreta de reubicación, describe las cualificaciones y fuentes del perito y explica cómo se relacionan las condiciones generales con sus circunstancias. Es más fácil restar valor a una carta genérica que diga que todo el país es inseguro. Los testigos deben describir hechos que conocen personalmente y distinguirlos de lo que otra persona les contó.

Para conocer el marco probatorio más amplio, consulte cómo probar el miedo a la persecución. Si no dispone de documentos policiales o médicos, nuestra guía sobre la falta de pruebas de corroboración en casos de asilo explica por qué un vacío probatorio requiere una explicación y no un sustituto inventado.

Qué debe esclarecer una revisión del caso antes de la audiencia

Considere este ejemplo hipotético, que no es un resultado real de un cliente. Una activista política describe amenazas en su ciudad de origen y dice que pasó ocho meses en otra ciudad antes de salir del país. Su primer borrador solo dice que «no podía vivir con seguridad en ningún lugar». DHS señala esos ocho meses como prueba de un traslado exitoso. Un informe sobre la represión en el país no explica qué ocurrió durante esa estancia concreta.

Una revisión cuidadosa preguntaría si trabajaba abiertamente, utilizaba sus propios documentos de identificación, continuó su actividad política, recibió nuevas amenazas o supo que las autoridades la buscaban. Si permaneció sin sufrir daños y vivió abiertamente, esos hechos deben abordarse. Si estuvo confinada en la casa de un familiar y las amenazas llegaron a la familia, la declaración y los testigos de apoyo deben explicarlo con exactitud. Ninguna de las dos versiones debe reescribirse para adaptarla al resultado deseado.

El valor práctico de la preparación con un abogado consiste en relacionar cada hecho con la cuestión correcta: la determinación jurídica de persecución pasada, la carga de la prueba aplicable, la seguridad real en la ciudad alternativa y el carácter razonable del traslado. El abogado también debe separar las suposiciones sin fundamento de los hechos que pueden probarse. Una debilidad reconocida honestamente antes de presentar el caso es más manejable que una contradicción sorpresiva en la audiencia sobre el fondo.

No confunda la reubicación con otras cuestiones del asilo

La reubicación interna es el traslado dentro de su país de origen. El reasentamiento firme se refiere a otro país y a una prohibición de asilo distinta. El tiempo pasado en un país de tránsito no responde a si usted puede vivir de manera segura y razonable en otra parte de su propio país. Nuestra guía sobre reasentamiento firme aborda esa cuestión por separado.

La suspensión de la expulsión y la protección bajo la Convención contra la Tortura tienen sus propios criterios. Las pruebas sobre reubicación pueden ser importantes para esas solicitudes, pero las presunciones del asilo no pueden trasladarse sin más al análisis de CAT. Perder un argumento de asilo no autoriza al abogado a ignorar otras solicitudes de protección respaldadas por los hechos. A la inversa, describir el daño temido como tortura no elimina la necesidad de cumplir los requisitos de CAT.

La persecución pasada puede exigir un análisis adicional incluso si se refuta el temor futuro. Conforme a 8 C.F.R. § 1208.13(b)(1)(iii), puede considerarse el asilo humanitario en casos que cumplan los requisitos y presenten razones imperiosas derivadas de la gravedad de la persecución pasada o una posibilidad razonable de otros daños graves. No es una alternativa automática ni sustituye la preparación de pruebas sobre reubicación.

Una solicitud de asilo pendiente no justifica faltar a una audiencia judicial. Cumpla las órdenes del tribunal sobre fechas y presentación de documentos, mantenga actualizada su dirección y conserve pruebas de la presentación y de la notificación a la otra parte. Si necesita más tiempo para reunir pruebas, su abogado debe evaluar la solicitud adecuada; no suponga que se ha prorrogado un plazo porque todavía está recopilando documentos.

Qué hacer antes de su próximo plazo judicial

  1. Reúna el expediente completo. Lleve su I-589, declaraciones, los registros de entrevistas que tenga, los escritos de DHS, las notificaciones de audiencias y la orden del juez que fija el calendario. Identifique dónde se planteó la reubicación y qué dijo realmente el gobierno.
  2. Prepare una cronología completa de sus residencias. Incluya las estancias breves y los períodos en los que no ocurrió nada. Marque las fechas aproximadas como tales, en lugar de adivinarlas.
  3. Separe las cuestiones jurídicas. Pregunte si se ha demostrado la persecución pasada, cómo se clasifica al perseguidor, quién tiene la carga de la prueba y qué disposición reglamentaria y decisiones del circuito son vinculantes.
  4. Prepare una lista de pruebas específica para cada lugar. Para cada alternativa propuesta, identifique las pruebas existentes, las que faltan, las formas seguras de obtenerlas y las traducciones necesarias.
  5. Prepare un testimonio veraz. Practique cómo explicar la cronología y las razones por las que un traslado funcionó o no. Prepararse significa expresarse con claridad, no memorizar respuestas inventadas.
  6. Cumpla los requisitos de presentación y notificación a la otra parte. Respete los plazos de su propio caso. Guarde copias y confirmaciones de entrega. Plantee a su abogado los problemas de pruebas o de tiempo antes de que venza el plazo.

No necesita tener todos los documentos en su poder antes de concertar una revisión del caso. Lleve lo que tenga, haga una lista de lo que falta e identifique la próxima audiencia o el plazo para presentar pruebas. No contacte al perseguidor ni exponga a familiares a un peligro simplemente para obtener un documento. El plan probatorio debe tener en cuenta la seguridad, además de los requisitos del tribunal.

Prepárese para el argumento de reubicación antes de su audiencia

Modern Law Group puede revisar su expediente de asilo, el lugar alternativo propuesto y las pruebas necesarias para su caso ante el tribunal de inmigración. Lleve sus notificaciones y los plazos de presentación para que la revisión pueda centrarse en el siguiente paso necesario.

Programe una consulta

Recursos de defensa relacionados

Utilice estas guías para preparar su caso de asilo en general, manteniendo la reubicación interna como una cuestión diferenciada en sus pruebas y argumentos jurídicos.

Preguntas frecuentes

¿Gana DHS simplemente nombrando otra ciudad?

No. El análisis jurídico incluye si se puede evitar allí la persecución y si la reubicación sería razonable dadas las circunstancias. Importan las pruebas y la distribución de la carga de la prueba; nombrar una ciudad no constituye todo el análisis.

¿Tengo que intentar vivir en otro lugar antes de solicitar asilo?

No existe un requisito universal de realizar un traslado de prueba peligroso antes de presentar la solicitud. Sin embargo, la viabilidad de una reubicación segura y razonable puede afectar a su elegibilidad, y debe explicar con veracidad cualquier traslado anterior dentro de su país.

¿Quién tiene la carga de la prueba si sufrí persecución pasada?

Si se demuestra persecución pasada que cumple los requisitos legales respecto de la solicitud original, DHS generalmente tiene la carga de refutar la presunción resultante, incluso mediante una reubicación segura y razonable. El daño pasado, por sí solo, no demuestra automáticamente todos los elementos exigidos para establecer persecución pasada.

¿Un perseguidor privado hace siempre que la reubicación sea razonable?

No. El marco aplicable distingue la persecución pasada y la persecución gubernamental o patrocinada por el gobierno. La presunción de 2020 sobre actores privados que aparece en algunos textos reglamentarios no debe considerarse exigible mientras siga vigente la prohibición judicial correspondiente.

¿Haber vivido sin sufrir daños en otra ciudad arruinará mi caso?

No automáticamente, pero puede constituir una prueba importante contra su solicitud. Explique cuánto tiempo permaneció allí, cómo vivía, si estaba escondido, qué amenazas continuaron y qué cambió. No omita la estancia ni invente una explicación.

¿Basta con no tener familiares en la ciudad propuesta?

Generalmente, no por sí solo. Los vínculos familiares y sociales son circunstancias pertinentes, pero el juez considera el expediente completo. Explique cómo la falta de apoyo se relaciona con la salud, la edad, la seguridad u otros obstáculos concretos, en lugar de basarse en un único hecho.

¿Puede un abogado abordar la reubicación antes de la audiencia sobre el fondo?

Sí. Su abogado puede revisar la cronología, identificar la carga de la prueba y la normativa aplicables, organizar pruebas específicas del lugar, preparar a los testigos y responder a la postura de DHS dentro de los plazos del tribunal. Ningún abogado puede garantizar la decisión del juez.