En resumen
“No hay fecha para una audiencia de fianza” no es una resolución. Es la postura de ICE sobre la detención. Cuando ICE detiene a una persona en una cita de presentación y le dice a la familia que no habrá una audiencia de fianza, el agente está describiendo cómo ICE ha clasificado el caso, no lo que ha decidido un juez de inmigración o un tribunal federal. La medida adecuada depende de una pregunta: ¿la persona tiene una orden final de deportación o su caso sigue pendiente?
Si el caso sigue pendiente, hay que presentar por escrito una moción de revisión de la detención ante el juez de inmigración, solicitar un Joseph hearing si ICE alega detención obligatoria y presentar una petición federal de habeas corpus si el juez dice que no tiene autoridad para intervenir. Si ya existe una orden final, ningún juez de inmigración puede fijar una fianza, y las medidas que deben tomarse ese mismo día son solicitar una suspensión de la deportación, presentar una moción de reapertura y presentar una petición de habeas corpus una vez que la detención sobrepase el período legal de deportación. Las familias que esperan una fecha de audiencia que, según ICE, no existe pierden los únicos días decisivos.
Lo que vemos en nuestra práctica
La llamada suele llegar de una esposa o una hija adulta, desde el estacionamiento. Él entró para una cita de presentación programada y todavía llevaba puesto el monitor de tobillo. Había estado presentándose durante dos años. Esta vez, el agente le quitó el teléfono y el cinturón, y le dijo a ella que esa misma noche lo trasladarían. Cuando preguntó por la fianza, la respuesta fue alguna versión de “no hay fecha para una audiencia de fianza” o “él no es elegible”. Ella tiene una carpeta de documentos, no tiene anotado el A-number y hay un niño en el automóvil.
Para cuando hablamos, normalmente ya han salido mal tres cosas. Nadie anotó dónde lo tienen detenido. Alguien de la familia comenzó a llamar al agente de deportación para discutir, lo que no consigue nada salvo dejar constancia en el expediente. Y la familia aceptó la frase “no hay fecha para una audiencia de fianza” como si fuera una decisión que pone fin al asunto. No lo es. En particular, entre nuestros clientes rusos y ucranianos vemos dos tipos muy distintos de arrestos en citas de presentación que reciben la misma explicación, aunque exigen estrategias opuestas.
El primero es el hombre con un caso pendiente: una solicitud de asilo, una moción, una petición familiar o, a veces, una apelación. Estaba sujeto al programa de Alternativas a la Detención (Alternatives to Detention) porque, años atrás, ICE eligió supervisarlo en vez de detenerlo. El segundo es el hombre con una orden final de deportación que firmó una orden de supervisión (Order of Supervision) después de que ICE no pudo deportarlo, a menudo porque Rusia no expedía documentos de viaje o porque no había vuelos. Se ha estado presentando porque la orden se lo exigía. La misma sala de espera, el mismo agente, las mismas palabras y un marco jurídico completamente distinto.
Por qué “no hay fecha para una audiencia de fianza” tiene dos significados distintos
Comience por averiguar con cuál de estas dos situaciones está tratando. Pregúntele a la persona detenida, pregúntele al agente de deportación y revise los documentos. Una persona con un caso pendiente tendrá una Notificación de Comparecencia (Notice to Appear) y una fecha de audiencia, pasada o futura, en el sistema del tribunal de inmigración. Una persona con una orden final tendrá una orden de supervisión, Form I-220B y, por lo general, una decisión anterior sobre el fondo del caso o una apelación que fue desestimada.
En el caso pendiente, la detención se rige por INA § 236, y la pregunta es si la persona tiene derecho siquiera a una audiencia de fianza. En el caso con orden final, la detención se rige por INA § 241, la ley de deportación, y el juez de inmigración carece de autoridad para fijar una fianza. La familia que pide a un juez una fianza en un caso con orden final recibe una denegación por falta de jurisdicción. La familia que presenta una solicitud de suspensión de la deportación en un caso pendiente desperdicia el dinero porque todavía no hay ninguna deportación que suspender. Determinar cuál es la situación correcta corresponde a la primera hora de trabajo, no a la segunda semana.
Primera vía: el caso sigue pendiente
Si la persona estaba bajo supervisión porque su caso de deportación continúa abierto, ICE dará una de dos razones para negarle la fianza. Puede afirmar que la persona está sujeta a detención obligatoria como “solicitante de admisión” conforme a INA § 235(b)(2)(A), postura que DHS adoptó en julio de 2025 para toda persona que entró sin inspección, o puede afirmar que un fundamento penal activa INA § 236(c). Cada argumento requiere una respuesta distinta.
Presente de todos modos la moción de revisión de la detención, por escrito
Solicite ese mismo día al tribunal de inmigración una redeterminación de la detención conforme a 8 C.F.R. § 1003.19. No espere a que ICE “programe” nada. ICE no programa las audiencias de fianza; el tribunal las programa, y solo después de que alguien las solicite. La moción debe incluir todo el paquete de factores favorables: los años de residencia, los hijos ciudadanos estadounidenses, el domicilio de un patrocinador, el historial laboral, la solicitud pendiente y los dos años de citas de presentación cumplidas sin incidentes que demuestran que la persona no presenta riesgo de incomparecencia. Si más adelante el juez dice que no tiene jurisdicción, ya se habrá creado el expediente, se habrá preservado la objeción constitucional y el caso estará listo para el día en que cambie la ley.
Impugne la clasificación
La postura basada en § 235(b)(2) depende de que el gobierno demuestre que la persona entró sin inspección y que nunca fue admitida ni puesta en libertad bajo parole. Con frecuencia, ese dato es erróneo o imposible de probar. Los clientes que entraron con visa y permanecieron después de su vencimiento, que recibieron parole en un puerto de entrada, que llegaron mediante una cita de CBP One o cuya entrada ICE sencillamente no puede documentar podrían estar sujetos a INA § 236(a), que sí permite una audiencia de fianza. Lea la Notificación de Comparecencia línea por línea. El fundamento que ICE consignó hace años tiene más peso que la clasificación que utilizó anoche el agente de deportación.
Exija un Joseph hearing si ICE invoca § 236(c)
Cuando ICE señala una condena, la persona puede pedir al juez de inmigración que decida si realmente corresponde el fundamento para la detención obligatoria. La BIA creó esa audiencia en Matter of Joseph, 22 I&N Dec. 799 (BIA 1999). Si es muy poco probable que el gobierno prevalezca respecto del fundamento alegado que haría obligatoria la detención, la persona tiene derecho a una audiencia de fianza ordinaria. Los resultados judiciales antiguos que posteriormente fueron anulados, las adjudicaciones diferidas y los delitos que no encajan en la categoría legal son los argumentos que suelen prosperar. Presente los expedientes judiciales certificados, no el recuerdo de un familiar sobre lo sucedido en 2014.
Sepa dónde está ubicado el centro de detención
En 2026, la ubicación geográfica determina la disputa sobre los casos pendientes. Los Tribunales de Apelaciones del Segundo, Tercer y Sexto Circuito rechazaron la interpretación sobre la detención obligatoria, y los jueces de inmigración de esas jurisdicciones celebran audiencias de fianza para las personas que entraron sin inspección. Los Tribunales de Apelaciones del Quinto y Octavo Circuito la han respaldado, y está pendiente la nueva audiencia en pleno del Quinto Circuito sobre la cuestión constitucional. La Corte Suprema de Estados Unidos aceptó conocer un caso relacionado durante el período de sesiones que comienza en octubre de 2026. Un arresto en una cita de presentación en Dallas y otro en Newark no constituyen el mismo caso, e ICE puede trasladar a una persona de un lugar al otro en cuestión de días.
Segunda vía: ya existe una orden final
Una persona sujeta a una orden de supervisión tiene una orden final de deportación. Conforme a INA § 241(a), ICE cuenta con un período de deportación de noventa días para ejecutar esa orden, y se presume lícita la detención durante dicho período. Por eso el agente dice que no hay fecha para una audiencia de fianza. Ningún juez de inmigración puede fijar una fianza cuando existe una orden final, y pedirle que lo haga no es una estrategia.
Las medidas que deben tomarse ese mismo día en un caso con orden final son distintas, y son más de las que las familias esperan.
- Averigüe si la deportación es realmente inminente. Pregunte por escrito al agente de deportación si ya se expidió un documento de viaje y si se fijó una fecha de deportación. En el caso de ciudadanos rusos, con frecuencia la respuesta sincera es que no existe ningún documento. Ese hecho determina todo lo que sigue.
- Solicite la suspensión de la deportación donde pueda producir el mayor beneficio. Una solicitud Form I-246 ante ICE es la vía administrativa y debe presentarse de inmediato, junto con las pruebas humanitarias y familiares. Si se presentará una moción de reapertura ante el tribunal de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración, presente una solicitud de suspensión junto con la moción. Si existe una petición de revisión ante un tribunal federal de apelaciones, la moción de suspensión se decide mediante la prueba de cuatro factores establecida en Nken v. Holder, 556 U.S. 418 (2009). Presentar una moción de reapertura no detiene por sí solo la deportación; la suspensión debe solicitarse y concederse.
- Presente la moción de reapertura. Los arrestos en citas de presentación sorprenden a muchas personas cuyas vidas cambiaron después de la orden: un matrimonio con un ciudadano estadounidense, una I-130 aprobada, condiciones en su país que sustentan una solicitud de asilo o un abogado anterior que nunca presentó lo prometido. Los límites de noventa días y de cantidad aplicables a las mociones de reapertura tienen excepciones, y una moción basada en cambios en las condiciones de Rusia o Ucrania no tiene plazo. Una moción que de hecho está pendiente cambia la manera en que un agente, un miembro de la Junta y un juez federal evalúan la cuestión de la detención.
- Anote en el calendario las fechas de revisión de la detención. ICE debe llevar a cabo una revisión de la detención posterior a la orden antes de que termine el período de deportación de noventa días, conforme a 8 C.F.R. § 241.4. Si la detención llega a seis meses y la deportación no es razonablemente previsible, entran en juego la regla de la Corte Suprema de Estados Unidos establecida en Zadvydas v. Davis, 533 U.S. 678 (2001), y los procedimientos de 8 C.F.R. § 241.13. El caso de un ciudadano ruso a quien Rusia no acepta es el ejemplo clásico de Zadvydas, y la familia debe comenzar a crear ese expediente desde el primer día, no desde el quinto mes.
Habeas corpus: la medida que funciona en ambas vías
Una petición de un recurso de habeas corpus conforme a 28 U.S.C. § 2241 solicita a un juez federal de distrito que decida si la detención de esta persona, dadas estas circunstancias, es lícita. No depende de la jurisdicción del juez de inmigración. En un caso pendiente dentro de un circuito que aplica la detención obligatoria, es el único foro que puede ordenar una audiencia de fianza. En un caso con orden final, es el foro que hace cumplir Zadvydas cuando ICE no puede deportar a una persona y se niega a dejarla en libertad. Los jueces de distrito de todo el país han rechazado de manera abrumadora la teoría del gobierno de que los arrestos en el interior del país están sujetos a detención obligatoria, y el habeas corpus es la vía mediante la cual una persona detenida lleva el asunto ante uno de esos jueces.
Dos aspectos procesales deciden más casos de habeas corpus que cualquier argumento jurídico. Primero, la competencia territorial: por lo general, la petición se presenta en el distrito federal donde la persona está físicamente recluida y nombra al custodio inmediato, es decir, al director del centro. Si se presenta en el distrito donde ocurrió el arresto después de que ICE ya trasladó a la persona, la primera respuesta del gobierno será una moción de desestimación. Segundo, el tiempo: ICE traslada rápidamente a las personas arrestadas en citas de presentación, a menudo en un plazo de setenta y dos horas y, con frecuencia, a Texas o Luisiana. Una petición presentada mientras la persona todavía se encuentra en un distrito favorable puede fijar la cuestión de quién es el custodio. Nuestra guía de habeas corpus en Texas y nuestra guía de centros de detención en Luisiana identifican los distritos más importantes para las personas que representamos.
No trate el habeas corpus como un último recurso que solo debe intentarse después de que todo lo demás fracase. Cuando hay un arresto en una cita de presentación y la respuesta es “no hay fecha para una audiencia de fianza”, con frecuencia es la primera presentación, tramitada en paralelo con la moción de revisión de la detención o con la solicitud de suspensión.
También solicite a ICE la puesta en libertad
Incluso cuando ningún juez puede fijar una fianza, ICE conserva facultades discrecionales. Para las personas detenidas conforme a § 235(b), está disponible el parole previsto en 8 C.F.R. § 212.5(b) por razones humanitarias urgentes o por un beneficio público significativo. Para las personas con órdenes finales, la puesta en libertad mediante una orden de supervisión deriva de la misma facultad discrecional que hizo que la persona tuviera que presentarse periódicamente desde un principio. Una solicitud por escrito con expedientes médicos, prueba de que cuida a hijos ciudadanos estadounidenses, la carta del patrocinador y el historial de citas de presentación sí será examinada. Una llamada telefónica al agente de deportación no lo será. Presente la solicitud de manera que después pueda adjuntarse a una petición de habeas corpus como prueba de que la familia solicitó la puesta en libertad y de que ICE la negó.
Las primeras veinticuatro horas: lo que debe hacer la familia
- Obtenga el A-number y la ubicación del centro. Utilice el ICE Online Detainee Locator con el A-number o el nombre completo y el país de nacimiento. Consúltelo nuevamente cada mañana; los traslados no se anuncian a las familias.
- Dígale a la persona detenida que no firme nada. Una orden de deportación estipulada o un formulario de salida voluntaria firmado en la sala de procesamiento pone fin al caso pendiente y convierte a un cliente de la primera vía en uno de la segunda vía sin que haya una moción presentada.
- Haga que el Form G-28 de un abogado se incorpore hoy mismo al expediente de ICE. Sin ese formulario, el agente de deportación no tiene obligación de hablar con nadie sobre el caso, y la familia seguirá escuchando “no hay fecha para una audiencia de fianza” de una persona que no está autorizada a decir más.
- Solicite los documentos de la detención. En un caso pendiente, pida la notificación de determinación de detención, Form I-286, y confirme que esté marcada la casilla que solicita la revisión por un juez de inmigración. En un caso con orden final, pregunte si existe un documento de viaje y cuándo está programada la revisión de la detención.
- Obtenga el expediente judicial. La línea automatizada del tribunal de inmigración y el portal de casos en línea muestran el estado, la última decisión y la próxima audiencia. Diez minutos al teléfono responden si se trata de la primera o de la segunda vía.
- Prepare ahora el paquete de factores favorables. Certificados de matrimonio y nacimiento, el contrato de arrendamiento, declaraciones de impuestos, comprobantes de pago, la carta del patrocinador con un domicilio, el historial de ISAP o de citas de presentación, los resultados judiciales certificados de cualquier arresto y los expedientes médicos de toda persona que dependa de la persona detenida. Es el mismo paquete para la moción de fianza, la solicitud de parole, la solicitud de suspensión y la petición de habeas corpus. Prepárelo una sola vez.
Lo que no debe hacer
No pague un depósito a una compañía de fianzas antes de que alguien confirme que legalmente puede fijarse una fianza. No envíe a ICE el pasaporte de la persona detenida para “acelerar el proceso”, salvo que un abogado haya determinado que la deportación es el objetivo. No presente una moción de reapertura sin adjuntar una solicitud de suspensión y luego suponga que la deportación está suspendida. No falte a la siguiente cita de presentación de otro familiar porque esta terminó mal; una cita incumplida se convierte en una orden de arresto y elimina todos los argumentos discrecionales que esa persona tenía. Y no acepte el traslado a un centro lejano como motivo para detener el proceso; cambia la competencia territorial, puede cambiar la ley aplicable y, aun así, la presentación debe realizarse.
Quién debe llamarnos ahora
Llame ese mismo día si ICE se llevó a una persona durante una cita de presentación o una cita relacionada con una orden de supervisión y se le dijo a la familia que no hay fecha para una audiencia de fianza, especialmente si la persona es ciudadana de Rusia o Ucrania y quizá ICE no pueda deportarla, si tiene pendiente un caso de asilo o familiar, o si un cónyuge o hijo ciudadano estadounidense depende de ella. El trabajo consiste en determinar la vía, presentar la moción correcta ante el foro adecuado antes del traslado y lograr la intervención de un juez federal cuando el tribunal de inmigración no puede actuar. Si el arresto ocurrió hace días y no se ha presentado nada, programe una consulta hoy en vez de esperar una fecha de audiencia que quizá nunca llegue.
Un arresto en una cita de presentación es un caso de detención, y los casos de detención se ganan mediante la presentación de solicitudes
Modern Law Group tramita mociones de revisión de la detención, procedimientos de Joseph hearing, solicitudes de suspensión de la deportación, mociones de reapertura y peticiones federales de habeas corpus para personas detenidas en citas de presentación ante ICE. Llame al (888) 902-9285 o envíe un mensaje de texto al (619) 889-6476 para programar una consulta.
Preguntas frecuentes
ICE dijo que no hay fecha para una audiencia de fianza. ¿Significa eso que la fianza fue denegada?
No. Solo un juez de inmigración o un juez federal decide una solicitud de fianza, y todavía no se le ha pedido a ninguno de ellos que lo haga. “No hay fecha para una audiencia de fianza” significa que ICE clasificó a la persona como no elegible o que tiene una orden final que debe ejecutar. La tarea de la familia es hacer que intervenga la autoridad decisoria correcta.
Estuvo bajo supervisión durante años. ¿Por qué ICE puede detenerlo ahora?
La supervisión es discrecional. ICE puede revocar la puesta en libertad en un caso pendiente o volver a detener a una persona con una orden final para intentar deportarla. Los años de cumplimiento no crean un derecho a permanecer en libertad, pero son pruebas contundentes de que no existe riesgo de incomparecencia en una moción de fianza, una solicitud de parole o una petición de habeas corpus.
¿Qué es un Joseph hearing?
Es una audiencia ante el juez de inmigración, creada por Matter of Joseph, en la que la persona argumenta que el fundamento de ICE para la detención obligatoria conforme a INA § 236(c) en realidad no corresponde. Si es muy poco probable que el gobierno prevalezca respecto de ese fundamento, la persona obtiene una audiencia de fianza ordinaria.
¿Podemos presentar una petición de habeas corpus de inmediato o primero tenemos que perder ante el tribunal de inmigración?
Puede presentarla de inmediato cuando el tribunal de inmigración no tiene autoridad para actuar, como ocurre con una orden final y con una clasificación conforme a § 235(b) en un circuito que aplica la detención obligatoria. Cuando está disponible una audiencia de fianza, la mayoría de los jueces quieren ver que se haya solicitado primero. La petición debe presentarse en el distrito donde está detenida la persona y debe nombrar al custodio del centro.
¿Presentar una moción de reapertura detiene la deportación?
No por sí sola. La moción de reapertura debe ir acompañada de una solicitud de suspensión dirigida al tribunal o a la Junta, y al mismo tiempo puede presentarse ante ICE una solicitud de suspensión mediante Form I-246. La única moción que produce una suspensión automática es la que solicita la rescisión de una orden dictada en ausencia.
ICE no puede deportarlo a Rusia. ¿Puede mantenerlo detenido de todos modos?
No indefinidamente. Después del período de deportación de noventa días, ICE debe revisar la detención y, después de seis meses, si la deportación no es razonablemente previsible, Zadvydas v. Davis exige la puesta en libertad salvo que el gobierno demuestre una posibilidad realista de deportación. La familia debe documentar desde el primer día que no existe ningún documento de viaje.